martes, 27 de diciembre de 2011

Texto del Acuerdo

EXPTE. Nº 1484.832/11

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 de diciembre de 2011 siendo las 17:00 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mi Lic. Adrián CANETO Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo y la Secretaria de Conciliación Sandra CESAR; el señor Sergio PALAZZO Secretario General Adjunto, Andrés CASTILLO Secretario General Adjunto alterno, Gustavo DÍAZ Secretario Gremial Nacional, Carlos CISNEROS Secretario de Administración, Eduardo BERROZPE Secretario de Prensa, Liliana LAFAUCI Secretaria de Acción Social, Lisandro AGUIRREZABAL Secretario de Seccionales, Walter REY Secretario de Organización,. José LUPIANO Secretario de Finanzas, Patricia RINALDI Secretaria de Actas, Luís ORTEGA Secretario de Cultura, Aldo ACOSTA Secretario de Relaciones Intersindicales, Rosa del Carmen SORSABURU Secretaria de Previsión, Stella MENA Secretaria de Vivienda, Claudia ORMACHEA Prosecretario de Administración, Carlos IRRERA Prosecretario de Acción Gremial, Eduardo NEGRO Prosecretario de Acción Social, Juan PALLO Prosecretario de Seccionales, Cristina MAINO Prosecretario de Finanzas, Alejandra ESTOUP Secretaria General seccional Buenos Aires, Salvador VILLANO, Juan LESCANO, Hugo ELIAS, Francisco MELO, Miguel GUGLIELMOTI, Jorge Raul RODRIGUEZ, Liliana VACCARONI, Carlos RAMELLA, Alberto IRIARTE, Guillermo MAFFEO, Mariel IGLESIAS, Claudia FLUQUIGER, Hugo LAPORTA, Nuria BABY, Claudio MORE, Pablo REGNIER, Jose Maria MOLINARI por la ASOCIACIÓN BANCARIA, patrocinados por el Dr. Francisco ROJAS, y el Dr. Carlos MARIN por una parte y por la otra lo hace LA Lic. Maria Elena DELIGIANNIS Y EL Dr. Pablo PRINZO en representación de la cámara ABA; la Dra. Cristina EHBRECHT y Hernán CROSETTI en representación de la Cámara ADEBA, y el Dr. Hugo FLORES LAZDIN en representación de la Cámara ABE todos con identidad acreditada en autos.---------------------------------

Declarado abierto el acto la ASOCIACIÓN BANCARIA y la CAMARA ABA, ADEBA y ABE por si MANIFIESTAN Que teniendo en cuenta que el último acuerdo salarial arribado vence el 31 de diciembre del corriente año, las partes ACUERDAN

1.- Las entidades bancarias, realizaran tres pagos mensuales remunerativos de pesos un mil ciento ochenta ($ 1.180.-) cada uno, a cuenta de los aumentos salariales que se pacten en los acuerdos correspondientes al año 2012.

Los referidos pagos, serán abonados conjuntamente con las remuneraciones correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo del 2012 respectivamente para los trabajadores bancarios, convencionados que cumplen una jornada completa de trabajo hasta las categorías de Subgerente Departamental de Primera inclusive, (rama administrativa), capataz general (rama maestranza) y mayordomo general (rama ordenanzas y/o servicios) excepto aquellas entidades bancarias que por sus particularidades ya abonan los acuerdos salariales hasta la máxima categoría de cada una de las ramas, establecidos en el CCT. Nº 18/75.. Para los trabajadores del call center de jornada completa de trabajo se acuerdan el pago de una suma mensual de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 944) a liquidar con los haberes de los mes de enero, febrero y marzo de 2012, a excepción de aquellas entidades que a la fecha paguen salarios equivalentes a los trabajadores que cumplen jornadas de siete horas y medias de labor, para cuyos casos se les abonara la suma de PESOS UN MIL CIENTO OCHENTA ($ 1.180)

2.- Con respecto a los pagos de la cláusula precedente, a los mismos les será aplicable la cláusula décima del acta acuerdo salarial fechado el día 24 de mayo de 2011

3.- Asimismo las partes acuerdan que los Bancos abonaran una Compensación Extraordinaria no remunerativa por el año 2011, de PESOS SEISCIENTOS ($ 600) la que será abonada de la siguiente manera : a) Primer Pago de Pesos Doscientos ( $ 200.-) hasta el día 31 de enero de 2012; b) Segundo Pago de Pesos Doscientos ( $200.-) hasta el día 29 de febrero de 2012 y c) Tercer pago de Pesos Doscientos ( $ 200.-) hasta el día 30 de marzo de 2012 respectivamente para todos los trabajadores bancarios.

4.-Reanudar las negociaciones salariales y paritarias a fines de la segunda

Quincena de marzo del año 2012. Los incrementos salariales que oportunamente se acuerden, serán remunerativos y tendrán vigencia desde el día 1º de enero de 2012 y serán calculados sobre los valores vigentes al 31 de diciembre de 2011.

5.- Las partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la correspondiente homologación del presente acta acuerdo salarial.

En este estado el funcionario actuante hace saber a las partes que se elevaran los presentes obrados para que se dicte el correspondiente acto administrativo de homologación.----------------------------------------------------------

Siendo las 1900 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación por ante mi funcionario que CERTIFICO.-------------------------------------------------------------------

SECTOR SINDICAL SECTOR EMPLEADOR

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