Ayer por la tarde, en el Ministerio de Trabajo, los trabajadores bancarios nos reunimos con las cámaras a fin de hacer conocer nuestros reclamos. Este acta refleja el resultado de dicha reunión.
Por eso compañeros, mantenemos el estado de ALERTA Y MOVILIZACIÓN.
EXPTE.,Nº 1398.840/10
En la ciudad de Buenos Aires, a los diez dias del mes de agosto del año dos mil diez siendo las 1700 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mi Lic. Adrian CANETO DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES LABORALES, Asistido por
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, este procede en el marco de la conciliación obligatoria establecida por Disposición DNRT Nº 363/10 se cede el uso de la palabra a la representación sindical quien MANIFIESTA: Que venimos a la audiencia designada, conforme los efectos del acto administrativo que dispone la conciliación obligatoria, debiendo resaltar que la organización sindical la ha cumplido en todos sus efectos, no pudiendo afirmar lo mismo con respecto al sector empresario. Asimismo reiteramos, conforme la nota dirigida al señor Ministro de Trabajo de
Debemos resaltar que los incumplimientos patronales detallados precedentemente lo son a mero titulo ejemplificativo y que en merito a la brevedad no serán descriptos en su totalidad en la presente audiencia. Lamentablemente y tal como lo hemos venido exponiendo en las audiencias realizadas en el presente expediente administrativo, la paz social ha sido alterada por el sector empresario razón por la que no solo no han aportado ninguna solución a la problemática existente sino que han decidido persistir en el comportamiento empresario adoptado, profundizando irresponsablemente el presente conflicto colectivo de trabajo razón por la que exigimos que el sector empresario cumpla con la ley, con los acuerdos salariales y de call center, así como que respete la plena vigencia del CCT Nº 18/75. Asimismo deberá cesar de manera inmediata la persecución y sanciones a los trabajadores que desarrollan actividades sindicales, la que se ha evidenciado en distintos actos los que deberán conforme los efectos del dictado de conciliación obligatoria ser retrotraídos y dejados sin efecto.--------------------------------------------------------------------------------------------------
Cedida que le fue el uso de la palabra a la representación de ABAPPRA MANIFIESTA: Que respecto del punto a).- de la manifestación que antecede se ratifica la plena vigencia del acuerdo salarial firmado el 15-03-2010 con vigencia 1-1-2010 al 31-12-2010. Respecto de los restantes puntos se toma conocimiento y se pone de manifiesto que acerca del sueldo básico y el mínimo conformado, se solicita a este Ministerio que en la próxima audiencia que se fije en el marco de esta conciliación obligatoria concurran los representantes de las entidades que tienen alguna dificultad para su satisfacción con el propósito de lograr una solución definitiva destacando que sobre el particular la mayoría de los bancos de ABAPPRA están en condiciones de satisfacer los reclamos de
En el uso de la palabra la representación de ABA MANIFIESTA. Que reitera y ratifica la posición asumida en el marco del expediente Nº 1.388.084/10. Toma conocimiento de las manifestaciones vertidas por
En el uso de la palabra la representación de ADEBA y ABE MANIFIESTAN: Que en el marco de este procedimiento iniciado como así también en las sucesivas audiencias que se vienen desarrollando por la organización sindical, esta parte no logro identificar los motivos y reclamos que han dado origen a este conflicto, de manera que resultaba muy difícil poder encarar y llegar a buen puerto las negociaciones con los representantes de los trabajadores. En este acto se toma conocimiento de los reclamos generales, por lo que esta parte entiende que no se han cumplido los requisitos formales dispuestos por los art. 2 y 8 de la ley 14.786 para instar al procedimiento de conciliación obligatoria. Asimismo reiteramos la vigencia del acuerdo de fecha 15-3-10 vigente hasta el 31-12-2010.---------------
Cedida que le fue el uso de la palabra a la representación del Banco Central MANIFIESTA: Que ratificamos la plena vigencia del acuerdo oportunamente suscripto con vigencia desde el 1-1-2010 y hasta el 31-12-2010 y asimismo expresamos que nuestro representado cumple acabadamente con la totalidad de la normativa laboral aplicable a las relaciones laborales de la institución.------ -------------------------------------------------------------------
Nuevamente cedida el uso de la palabra a la representación sindical EXPRESA: Que rechazamos en todos sus términos las manifestaciones realizadas por el sector empresario, debiendo resaltar que están en pleno conocimiento de todos los requerimientos efectuados por la organización sindical haciendo notar que no pueden dejar de conocer la serie de incumplimientos empresarios realizados los que evidencian una vez mas la total ausencia de buena fe negocial y que persisten en incumplir con la legislación laboral vigente en la materia y evidencian además la firme voluntad de profundizar el conflicto colectivo de trabajo que el sector empresario origino. Por ultimo y con respecto a las apreciaciones realizadas acerca del acto administrativo que dispuso la conciliación obligatoria, las rechazamos en todos sus términos.----------------------------------------------------------------------------
Oído lo expresado el funcionario actuante Ratifica la plena vigencia de la conciliación obligatoria dictada en tiempo y forma según la normativa vigente y se EXHORTA a las partes a avanzar en las negociaciones y en la discusión de propuestas que permitan una rápida y consensuada solución. A tales efectos se cita a nueva audiencia para el 18 de agosto de
Siendo las 19.25 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación por ante mi funcionario que CERTIFICA.------- Asoc. BANCARIA Sector Empresario
BANCO CENTRAL
No hay comentarios:
Publicar un comentario