lunes, 6 de mayo de 2013

ACTA DE LA REUNIÓN DE HOY EN EL MINISTERIO DE TRABAJO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 6 días del mes de mayo de 2013, siendo las 16:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – ante la Lic. Natalia VILLALBA LASTRA, Secretaria de Conciliación del Dpto. Relaciones Laborales Nº 2; en representación de LA ASOCIACIÓN BANCARIA, con domicilio constituido en Sarmiento 341, el Sr. Sergio PALAZZO, Secretario General, el Sr. Andrés CASTILLO, Secretario General Adjunto, el Sr. Gustavo DIAZ, Secretario de Acción Gremial, el Sr. Carlos IRRERA, Prosecretario Gremial, el Sr. Carlos CISNEROS, Secretario de Administración, el Sr. Eduardo BERROZPE, Secretario De Prensa, la Sra. Patricia RINALDI, la Sra. Claudia ORMACHEA, el Sr. José LUPIANO, Secretario de Finanzas, el Sr. Lisandro AGUIRREZABAL, el Sr. Juan PALLO, el Sr. Walter REY, la Sra. Liliana LAFAUCI, la Sra. Cristina MAINO, el Sr. Aldo ACOSTA, el Sr. Eduardo NEGRO, el Sr. Luís ORTEGA, la Sra. Rosa del Carmen SORSABURU, la Sra. Estela MENA, todos ellos integrantes del Secretariado General Nacional, y la Sra. Alejandra ESTOUP, Secretaria General Seccional Buenos Aires, y los Sres. Jorge CABANAFUZ, Hugo LAPORTA, Claudio MORE y Guillermo MAFFEO, con el patrocinio letrado de los Dres. Francisco ROJAS; en representación de de la ASOCIACIÓN DE BANCOS PRIVADOS DE CAPITAL ARGENTINO (ADEBA), con domicilio constituido en Perón 564, 6º piso, CABA a Sra. María Cristina EHBRECHT (DNI 11.285.365), Subdirectora Ejecutiva, y el Dr. Hernán CROSETTI; en representación de la ASOCIACIÓN DE LA BANCA ESPECIALIZADA (ABE), con domicilio constituido en Tucumán 612, 2º Piso, CABA, e l Sr. Hugo FLORES LAZDIN; en representación de la ASOCIACIÓN DE BANCOS DE LA ARGENTINA (ABA), con domicilio constituido en San Martín 229, piso 12º, CABA, la Sra. María Elena DELIGIANNIS, y el Dr. Pablo PRINZO; en representación de la ASOCIACIÓN DE BANCOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ABAPPRA), con domicilio constituido en Florida 470, 1º Piso, CABA, el Sr. Mario De MAGHALAES; y en representación del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, con domicilio constituido en Reconquista 266, 13º piso Edificio Cangallo, CABA, las Dras. María del Carmen BERNINI, Liliana Graciela GARCIA, apoderadas conforme acreditan con poder y Maria Nélida BUEZAS. ----------------------------------------------------

Las representaciones de ABAPPRA, ABE y ADEBA manifiestan que: en virtud de la convocatoria realizada por el Ministerio de Trabajo para el día de la fecha en relación al expediente de la referencia, en esta oportunidad delegan en ABA las negociaciones con la parte sindical relativas a las presentes actuaciones. ---------------

En tal sentido, la representación de ABA manifiesta que, con el apoyo de las cámaras ABAPPRA, ADEBA y ABE, ofrece un incremento salarial del veinte por ciento (20%) con vigencia de enero a abril de 2013, inclusive, y para el período mayo a diciembre 2013 inclusive, un incremento del veintidós por ciento (22%). En ambos casos, los porcentajes referidos se aplicarán sobre las remuneraciones brutas, mensuales, normales y habituales percibidas por los trabajadores beneficiarios vigentes al 31 de diciembre de 2012 y, en el caso de ABA, ABE y ADEBA, hasta la categoría Subgerente Departamental de Primera inclusive (Rama Administrativa), Capataz General inclusive (Rama Maestranza) y Mayordomo General inclusive (Rama Ordenanzas y/o Servicios). Tales incrementos serán absorbidos, hasta su concurrencia, por los montos otorgados en carácter de pago a cuenta, otorgados en los meses de enero, febrero, marzo y abril, conforme constancia de fojas 48/63 de autos, y, asimismo, con todo pago otorgado por las entidades bancarias aquí representadas en carácter de adelanto y/o pago a cuenta de la presente negociación. -----------------------------------------------------------------------------------------------

Cedida la palabra a la representación sindical, manifiesta que esta Organización Sindical ha demostrado históricamente su alto grado de responsabilidad en el accionar gremial para el cumplimiento de los postulados asociacionales y la defensa de los derechos de todos los trabajadores bancarios, es por dicha razón que nos llama poderosamente la atención la decisión de los empresarios de la denominada banca privada nacional y la banca pública, en especial, que encomienden tan delicada tarea y responsabilidad a los representantes de la banca extranjera, de quienes bien conoce toda la sociedad en general y los trabajadores bancarios en particular , las irresponsables actitudes empresarias asumidas ante cada crisis económica y la sistemática violación a la legislación laboral bancaria.

Rechazamos la propuesta salarial realizada, por escasa e insuficiente ya que de manera alguna satisface nuestros requerimientos salariales correspondientes al año en curso.

Nuestra Organización Sindical ha demostrado su total buena fe en la negociación colectiva. Asimismo, realiza todos los esfuerzos para coadyuvar positivamente al mantenimiento de la esencial Paz Social que inexorablemente debe existir en nuestro País. En estricto cumplimiento de las actas acuerdos salariales oportunamente suscriptas con las cámaras empresarias de la actividad del sector y dado que las negociaciones, a tales efectos, debieron haberse iniciado en la segunda quincena del mes de marzo, recordamos que el incremento salarial correspondiente al año en curso, deberá ser retroactivo al mes de enero de 2013 y tratarse de sumas de carácter remunerativa y considerarse asimismo que la demora en el tiempo resulta innecesaria, ociosa y evitable. No olvidemos que las remuneraciones poseen naturaleza alimentaria, motivo por el que no debe demorarse, bajo pretexto alguno, ya que ese comportamiento genera enormes perjuicios materiales y morales a todos los trabajadores bancarios de nuestro País.

Sin lugar a dudas, para determinar el incremento salarial correspondiente al año 2013, reiteramos para todos los trabajadores bancarios del País, inexorablemente deberán tenerse en cuenta, los elementos esenciales que existen para ello, tales como a) sensible deterioro del poder de compra de los salarios, b) el alza de los precios generados por sus propios formadores, c) la nefasta incidencia del impuesto a las ganancias, el que debe ser eliminado, toda vez que los trabajadores estamos tributando cual si el trabajo fuera una ganancia, ratificando nuestra posición institucional en tal sentido. No obstante ello, requerimos una compensación impuesto a las ganancias, por su no actualización. d) la notoria y significante rentabilidad del sistema financiero argentino, remitiéndonos a los balances publicados en la página web del Banco Central de la República Argentina, e) inmediata y correcta aplicación de las actas acuerdos saalriales previamente rubricadas por idénticos actores sociales, debiéndose corregir y actualizarse de manera inmediata la base de cálculo existente para distintos adicionales previstos en el CCT Nº 18/75, como así también aquellos que se han pactado posteriormente, tales como el adicional falla de caja, adcional zona patagónica, adicional zona veraniega, f) correcta aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 18/75, g) estricto cumplimiento de la legislación laboral vigente en la materia, citando a mero título ejemplificativo, la arbitraria y reiterada práctica de extender la jornada legal bancaria de siete horas con treinta minutos, sin la correspondiente contraprestación pecuniaria, circunstancia que en la práctica es una merma salarial inaceptable, h) solución de la problemática de los sueldos básicos de Abappra, donde se ha avanzado solamente en algunos bancos, como el Banco de la Provincia de Buenos Aires y el Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Se tratan solo de avances, pero sin definición del tema., i) cese de las tercerizaciones, ya que no solamente se utilizan como meros mecanismos fraudulentos de la legislación laboral sino que también se trata de una verdadera política discriminatoria de los trabajadores alcanzados por la misma, ya que deben ser reconocidos como trabajadores bancarios y las empresas bancarias no les reconocen tal carácter, con sus consiguientes y obvios perjuicios, j) cumplimiento de todos los aspectos de Seguridad Bancaria dispuestos por el BCRA, ya que su aplicación no integral, pone en situación de un riesgo mayor innecesario a todos los trabajadores bancarios y obviamente a los clientes de los Bancos en general. No debe acontecer una tragedia para que se respete la normativa imperante, solo debe cumplirse. No son postulados voluntaristas, son normas de cumplimiento legal efectivo, k) equiparación salarial de los trabajadores bancarios de call center ,al resto de los trabajadores bancarios, evitándose situaciones injustas e inequitativas, l) restitución del uno por ciento (1%) de intereses y comisiones, por vía negociación colectiva, a la Obra Social Sindical Bancaria, ll) tratamiento y solución inmediata para la correcta liquidación del adicional por zona desfavorable, conforme lo establece con claridad meridiana el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 18/75, m) Creación de los comités de salud de acuerdo a las normas de la OIT y conforme se hace en la Provincia de Santa Fe, ñ) En la banca privada los acuerdos salariales deben rubricarse hasta las máximas categorías, es decir incluidas Gerente General , Mayordomo General y Capataz General o) tratamiento, conforme las manifestaciones de la señora Presidente de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner, del tema referido a la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas, en el ámbito de la negociación colectiva. p) deben establecerse un número de días de licencia mayor al existente por adopción para trabajadoras y trabajadores. q) Institucionalización de días de licencia por cuidado de familiares directos enfermos, r) adicional por guardería, su pertinente incremento, universalización sin comprobantes, s) reconocimiento de la resolución del Comité Arbitral de la CGT con respecto a los trabajadores de Nación Servicios, quienes son trabajadores bancarios.

Asimismo, otra entidad nucleada en Abappra, la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán deberá proceder a la inmediata reincorporación de los 27 trabajadores de la misma, despedidos y deben cesar con la inadmisible persecución a los trabajadores electos gremialistas ya que dicha patronal pretende desarticular la actividad sindical en la misma, mediante distintos mecanismos y pretendiendo alterar la vida interna sindical, actitud absolutamente reprochable.

Por las razones expuestas, requerimos una activa participación de ese Ministerio.----

Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA a representación empresaria, que atento lo normado por la Ley 14250 (T.O.) Decreto Nº 108/88, deberán acompañar designación de miembros paritarios para la Comisión Negociadora suscripta por el representante legal de la entidad. Asimismo COMUNICA a las partes que a fin de continuar con las negociaciones, y sin perjuicio de las reuniones que pudiesen mantener en el ámbito privado, se los convoca a una nueva audiencia para el día jueves 9 de mayo del año en curso a las 15.00 horas, quedando los comparecientes formalmente notificados en este acto, el cual se da por finalizado a las 18.30 horas, firmando al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mi, que CERTIFICO. -----------------

No hay comentarios:

Publicar un comentario