viernes, 15 de febrero de 2013

Despidos en Nación Servicios. Acta de la Reunión del 14 de Febrero

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de febrero de 2013, siendo las 12:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación de LA ASOCIACIÓN BANCARIA, con domicilio en Avda. Sarmiento 341, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo Eduardo DIAZ (DNI 12.246.729), Secretario Gremial Secretariado General Nacional, la Sra. Alejandra ESTOUP (DNI 14.951.111), Secretaria General Seccional Buenos Aires, con el patrocinio del Dr. Francisco Andrés ROJAS (DNI 14456937); y en representación de NACIÓN SERVICIOS SA, no comparece persona alguna ya que tras dirigirse el notificador al domicilio denunciado por la empresa en el Expediente Nº 1532789/12, a saber Adolfo Alsina 665, 1º piso, CABA, le informan que se han mudado. -------------------------------------------

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la presentación formulada por la Asociación Bancaria, obrante a fojas 1 del expediente de referencia. Acto seguido, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra a la representación sindical, manifiesta que: venimos a ratificar en todos sus términos la denuncia que diera origen al presente expediente administrativo, y que lamentamos que la empresa denunciada mediante burdos mecanismos dilatorios haya impedido que se realice la pertinente notificación para la audiencia del día de la fecha. Dicha conducta no resulta más que la continuación de una política de recursos humanos absolutamente regresiva y contraria a los postulados del Superior Gobierno de la Nación, toda vez que pese a tratarse de una empresa estatal, proceden de manera arbitraria e indiscriminada a desvincular trabajadores en clara oposición a las permanentes declaraciones de la Presidente de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, en el sentido que, no solo deben mantenerse los puestos de trabajo existentes, sino que deben generarse nuevos empleos. Y si desde el mismo Estado se incumple dicha política a todas luces resulta un peligroso antecedente para la actividad privada. Sin lugar a dudas, estas medidas obedecen como represalias a las sendas decisiones de la Comisión Arbitral de la Confederación General del Trabajo de la República Argentina, quienes oportunamente han resuelto que los trabajadores que desarrollan tareas en Nación Servicios SA, son trabajadores bancarios, y por ello deben ser respetados sus derechos laborales y salariales conforme a las actas acuerdos salariales suscriptas entre la cámara empresaria ABAPPRA y la Asociación Bancaria, debiendo recordar que Nación Servicios SA integra el grupo de las empresas controladas por el Banco de la Nación Argentina. Asimismo, oportunamente, hemos enviado nota al Gerente de Recursos Humanos de Nación Servicios nuestro más enérgico repudio ante las desvinculaciones de trabajadores que realizaran en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, Bragado, Mar del Plata, La Plata, Pinamar, Provincia de Catamarca, etc., resultando estos casos citados a modo de título ejemplificativo. Ante la delicada situación debidamente expuesta adjuntamos copia de la nota dirigida al Sr. Gerente de Recursos Humanos de Nación Servicios, copias de las respectivas resoluciones de la Comisión Arbitral de la CGT, nota dirigida al presidente del Banco de la Nación Argentina transmitiéndole dichos decisorios y exigiendo el inmediato encuadramiento de los trabajadores de Nación Servicios como trabajadores bancarios.

Dada la gravedad y trascendencia de la problemática en cuestión, es que requerimos se cite a las autoridades de Nación Servicios SA y del Banco de la Nación Argentina a fin que, lejos de obstaculizar la situación de sus trabajadores debe de manera inmediata adecuarlos al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 18/75, como así también debe reincorporar de manera inmediata a los trabajadores despedidos sin causa alguna que lo justifique. En caso de no concurrencia a la próxima audiencia a designarse, o a la implementación de nuevos mecanismos dilatorios, o que mantengan la decisión empresaria adoptada, nos veremos obligados a la realización de aquellas medidas gremiales administrativas y/o judiciales que estimemos pertinentes en la irrestricta defensa de los derechos lesionados de nuestros representados. ------------------------------------------------------------------------------------------------------

Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante comunica a la representación sindical que se los convoca a una nueva audiencia, en la que Nación Servicios SA y el Banco de la Nación Argentina serán citados mediante cédula de citación, para el día jueves 21 de febrero a las 12.30 horas, quedando los comparecientes formalmente notificados en este acto, el cual se da por finalizado a las 12.50 horas, firmando al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.-----------------------------------------------------------------------------------------------

ASOCIACIÓN BANCARIA

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